Cuando nos llega la alegría familiar del nacimiento de un bebé o a la adopción y acogida de un niño, todas las madres y padres tenemos derecho a disfrutar de el sin perder el derecho a cobrar nuestro salario, esto se denomina la baja por maternidad. Es cuando la Seguridad Social nos ofrece gratuitamente una prestación económica del mismo importe que el salario que estabas recibiendo en tu actual empleo.
Indice De Contenido
- 1 ¿Qué es la prestación por maternidad y quien la paga?
- 2 Beneficiarios de la prestación por maternidad
- 3 Requisitos de cotización del subsidio por maternidad
- 4 Duración del permiso de baja por maternidad
- 5 Plazos para la solicitud de la prestación por maternidad
- 6 Baja maternal cobrando el paro
- 7 Baja por maternidad en autónomos
- 8 ¿La prestación por maternidad está exenta del IRPF?
¿Qué es la prestación por maternidad y quien la paga?
Esta ayuda económica forma parte del catálogo de subsidios y prestaciones de la Seguridad Social para ayudar con los ingresos del trabajador mientras esta descansando con el nacimiento o adopción de su hijo.
A la pregunta de: ¿Quien paga la baja por maternidad? La respuesta es: La Seguridad Social.
La prestación de baja por maternidad se paga desde el día 1 que inicia el periodo de descanso.
A pesar de ser más conocido que este tipo de baja la disfrute la mujer, desde hace poco también tienen derecho a que el padre la disfrute en las mismas condiciones.
Cuanto se cobra y Cuantías de la Baja por maternidad
La Seguridad Social esta pagando actualmente la cuantía del 100% de la base reguladora que tenga el trabajador o trabajadora (la madre o el padre) en su empleo actual. Se hace en base a qué base reguladora tiene definido por contingencias comunes debido a una incapacidad temporal.
Beneficiarios de la prestación por maternidad
Tanto el padre y la madre, pueden beneficiarse a la vez de esta baja por maternidad y por paternidad.
Requisitos de cotización del subsidio por maternidad
El trabajador tiene que estar dado de alta como trabajador en la Seguridad Social. Y dependiendo de la edad que tenga el trabajador, tendrá un periodo mínimo de cotización que tendrá que cumplir para verse beneficiado por la baja de maternidad. Te lo enseñamos mejor en la siguiente tabla:
Edad del trabajador | Cotización mínima |
Menores de 21 años |
|
De 21 años y menores de 26 | DOS OPCIONES
o
|
Mayor de 26 años | DOS OPCIONES
o
|
Si es tu caso, y como madre, no tienes estos requisitos arriba mencionados y no tienes la cotización mínima, puedes optar por la «maternidad no contributiva«, también llamado el subsidio no contributivo por maternidad. En este caso, la cuantía a pagar a la madre, será del 100% del Indicado Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM. En la actualidad en 2021, esta cuantía equivale a 537,84 €.
Duración del permiso de baja por maternidad
Y si por el contrario, el bebé ha tenido que estar ingresado y hospitalizado después del parto, a las 16 semanas se podrán añadir 13 semanas más con carácter excepcional.
Podrás ceder al padre, 10 de las 16 semanas por maternidad.
Las 6 primeras semanas, siempre tienen que ser disfrutadas por la madre, esto no se puede negociar ni cambiar, pero las 10 siguientes semanas, se podrá dar al padre, de forma simultánea.
¿Cuándo se inicia el periodo de descanso?
Dependiendo si ha sido adopción, nacimiento o acogida, el descanso por maternidad se iniciará distinto:
Nacimiento
En el momento del parto se inicia el periodo de descanso, y si el médico lo considera oportuno, hasta 10 semanas antes del parto.
Adopción o acogimiento
Una vez tengas la resolución judicial de la acogida o la adopción, el periodo de descansa es cuando iniciará.
Si la adopción es a nivel internacional, podrá iniciarse la baja por maternidad hasta 4 semanas antes de la resolución.
Plazos para la solicitud de la prestación por maternidad
Tienes concretamente un día después del comienzo del permiso de baja maternal para solicitar la prestación por maternidad. Esta se inicia a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS, o en su caso del Instituo Social de la Maria ISM si eres un trabajador del Mar.
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud de Prestación por Maternidad.
En todos los casos
- Españoles: DNI en vigor
- Extranjeros: TIE o NIE en vigor
También hay que entregar el modelo de solicitud debidamente cumplimentado.
Por nacimiento de hijo
- Informe de maternidad expedido por el Hospital
- Libro de familia
- Si quieres ceder al padre semanas de descanso, deberás rellenar la hoja número 5 del Modelo de Solicitud.
Por adopción o acogida
- Resolución judicial que reconozca la adopción, tutela o acogida
- Certificado de IMSERSO u órgano autonómico competente sólo si tiene algún tipo de discapacidad.
- Libro de familia
- Hoja número 5 correctamente rellenada del modelo de solicitud si vas a ceder al padre semanas como parte del permiso de maternidad.
El plazo máximo es de 30 días para resolver.
Baja maternal cobrando el paro
Si estás recibiendo la prestación por desempleo cuando estás iniciando la baja por maternidad.
¿Qué ocurre?
Si al momento de iniciar la baja por maternidad, estás cobrando el paro, entonces en ese momento se detendrá y suspenderá la prestación por desempleo para dar lugar a cobrar la prestación por maternidad. Pero tranquila! No se consumirán los días de tu paro mientras estés disfrutando de tu baja por maternidad.
Cuando hayas terminado el subsidio por maternidad, y quieras seguir cobrando el paro, tendrás que ir a la oficina de empleo de tu localidad, y solicitar la reactivación del paro, todo esto como máximo en un plazo de 15 días.
Baja por maternidad en autónomos
Todos y todas las autónomos tienen derecho también al permiso por maternidad o baja maternal. Las condiciones suelen ser las mismas, excepto por algunos detalles que conocerás ahora:
- Tienes que estar dada de alta en el RETA y al día con las cuotas a la Seguridad Social.
- Periodos mínimos de cotización es igual a los trabajadores por cuenta ajena.
- La cuantía es la misma que tienes asignada en tu base reguladora.
- Tendrás que seguir pagando la cuota de autónomos durante la baja maternal.
¿La prestación por maternidad está exenta del IRPF?
La prestación por maternidad no está exenta del IRPF y tributa como rendimientos del trabajo.
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